Vigente desde 1 de enero de 2026. UF y UTM deben actualizarse mensualmente - en produccion consumir API SII.
Sueldo imponible
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AFP total (10% + com.)
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Salud
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AFC empleado
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Base tributable
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Impuesto Unico
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Total descuentos
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Sueldo liquido
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Distribucion
Desglose detallado
| Concepto | Base | %/Formula | Monto |
|---|---|---|---|
| Sueldo liquido | - | ||
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Formula de la liquidacion de sueldo
El calculo parte del sueldo imponible (remuneracion bruta sobre la que se cotiza, limitada al tope imponible de 87,8 UF mensuales segun Art. 16 DL 3.500). Sobre ese monto:
- AFP: 10% capitalizacion + comision variable de la AFP (entre 0,58% y 1,44% segun administradora).
- Salud: 7% en Fonasa, o el valor del plan en UF si estas en Isapre (minimo 7%).
- AFC: 0,6% solo en contrato indefinido. En plazo fijo no cotiza el empleado (cotiza 3% solo el empleador).
- Base tributable = Imponible - (AFP + Salud + AFC).
- Impuesto Unico (IUSC) se calcula sobre la base tributable usando la tabla progresiva mensual en UTM del Art. 43 Ley Renta (desde 0% a 40%).
- Liquido = Imponible - AFP - Salud - AFC - Impuesto Unico.
Parametros 2026 aplicados
- AFP: 10% obligatorio + comision variable AFP (referencia 1,16%).
- Fonasa: 7% sobre imponible; Isapre: plan en UF contra tope 7%.
- AFC indefinido: 0,6% empleado + 2,4% empleador.
- AFC plazo fijo: 0% empleado + 3,0% empleador.
- Tope imponible 87,8 UF mensual.
- Impuesto Unico: 8 tramos en UTM (Art. 43 LIR).
- Reforma previsional Ley 21.735: adiciona % gradual cargo empleador (verificar Previred).
Fuentes oficiales
- Servicio de Impuestos Internos - sii.cl
- Direccion del Trabajo - dt.gob.cl
- Previred (portal cotizaciones) - previred.com
- Superintendencia de Pensiones - spensiones.cl
Resultado referencial. UF y UTM cambian mensualmente. En produccion conecta tu calculadora a la API publica del SII o Banco Central para usar valores vigentes. Para planillas oficiales consulta un contador auditor.