Distribucion
Desglose detallado
| Concepto | Base / Dias | Formula | Monto |
|---|---|---|---|
| Finiquito total | - | ||
Misma calculadora en otro país
Componentes del finiquito
1. Sueldo del mes pendiente
Dias trabajados del mes en curso pagados proporcionalmente: (sueldo/30) x dias trabajados.
2. Feriado proporcional (Art. 73 CT)
Dias habiles de feriado acumulados no disfrutados, convertidos a valor monetario. El feriado legal es de 15 dias habiles por cada ano de servicio, proporcional al tiempo trabajado desde el ultimo feriado otorgado.
3. Indemnizacion por anos de servicio (Art. 163 CT)
Corresponde cuando el empleador invoca el Art. 161 (necesidades de la empresa). Formula: 30 dias de remuneracion por cada ano de servicio y fraccion superior a 6 meses, con tope de 11 anos (para contratos posteriores al 14-agosto-1981) y base maxima de 90 UF mensuales.
4. Aviso previo (Art. 162 CT)
El empleador debe avisar con 30 dias de anticipacion. Si no lo hace, paga un mes sustitutivo adicional.
5. Recargos
- +30% si se invoca Art. 160 (despido disciplinario) sin justificacion y el juez lo declara injustificado (Art. 168).
- +50% si no se invoca causal del Art. 161 y el juez lo considera despido sin causa.
Fuentes oficiales
- Codigo del Trabajo Arts. 161-168 - dt.gob.cl
- Direccion del Trabajo (consultas y ratificacion de finiquitos)