Desglose
| Concepto | Base | Formula | Monto |
|---|
Misma calculadora en otro país
Dos modalidades de gratificacion legal
Art. 50 CT - Sistema del 25% con tope
La empresa puede optar por pagar el 25% de lo devengado en el ejercicio por concepto de remuneraciones mensuales, con un tope anual de 4,75 Ingresos Minimos Mensuales. En la practica, este monto se distribuye en 12 pagos mensuales iguales.
Formula mensual tope: (4,75 x IMM) / 12
Si el 25% del sueldo mensual es menor que ese tope, se paga el 25%. Si excede el tope, se paga el tope.
Art. 47 CT - 30% de utilidades
El empleador distribuye el 30% de las utilidades liquidas de la empresa (despues de impuestos e intereses) entre los trabajadores, en proporcion a lo devengado por cada uno en el ano.
Formula: (utilidad x 0,30 x remuneracion_trabajador) / total_remuneraciones
Cual conviene aplicar?
La mayoria de empresas chilenas optan por el Art. 50 por su predictibilidad y el tope. El Art. 47 tiende a pagarse cuando la empresa tiene utilidades excepcionalmente altas.
Gratificacion garantizada y proporcionalidad
El trabajador que no labore el ano completo recibe gratificacion proporcional a los meses trabajados (Art. 52 CT).
Fuentes oficiales
- Codigo del Trabajo Arts. 46-52.
- Direccion del Trabajo - dt.gob.cl