Distribucion de la indemnizacion
Desglose detallado
| Concepto | Base | Calculo | Monto |
|---|---|---|---|
| Total indemnizacion | - | ||
Misma calculadora en otro país
Componentes de la indemnizacion por despido sin justa causa
1. Indemnizacion por antiguedad (Art. 245 LCT)
Formula: mejor remuneracion mensual devengada x anos de servicio (fraccion mayor a 3 meses se computa como ano completo).
La base es la mejor remuneracion mensual, normal y habitual devengada durante el ultimo ano o el tiempo de prestacion de servicios si fuera menor.
2. Tope Vizzoti (CSJN 14/09/2004)
El Art. 245 LCT establece un tope: el salario base no puede superar 3 veces el promedio de las remuneraciones del CCT aplicable. La Corte Suprema en "Vizzoti c/ AMSA" (2004) declaro que si ese tope reduce la base en mas del 33%, se debe aplicar el 67% de la mejor remuneracion real como piso constitucional.
- Si
topeCCT >= mejorRemReal: base = mejor remuneracion real. - Si
topeCCT < 0,67 x mejorRemReal: base = 0,67 x mejorRemReal (Vizzoti). - Si
0,67 x mejorRemReal <= topeCCT < mejorRemReal: base = topeCCT.
3. Preaviso (Art. 231 LCT)
Si el empleador no preavisa, debe indemnizarlo:
- Periodo de prueba (hasta 3 meses): 0 meses.
- Hasta 5 anos de antiguedad: 1 mes de sueldo.
- Mas de 5 anos: 2 meses de sueldo.
4. Integracion del mes de despido (Art. 233 LCT)
Si el despido ocurre en dia distinto al ultimo del mes, corresponde pagar los dias faltantes hasta fin de mes.
5. SAC proporcional
Se calcula sobre el preaviso y sobre la integracion del mes (divide / 12).
6. Vacaciones no gozadas
Proporcional al tiempo trabajado en el ano, con divisor 25 (Art. 155 LCT) para el valor diario.
Casos sin derecho
- Renuncia voluntaria: solo corresponde SAC proporcional y vacaciones no gozadas.
- Despido con justa causa: no corresponde indemnizacion por antiguedad ni preaviso.
Fuentes oficiales
- Ley 20.744 (LCT) Arts. 231, 232, 233, 245, 155.
- CSJN "Vizzoti, Carlos Alberto c/ AMSA S.A.", sentencia del 14/09/2004.
- Ministerio de Capital Humano: argentina.gob.ar/capitalhumano.