Hora ordinaria
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Hora extra (+50%)
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Horas extra
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Pago horas extra
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Desglose del calculo
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Formula de horas extra en Costa Rica
Pago horas extra = (Salario mensual / horas mensuales ordinarias) x 1.50 x horas extra
- Horas ordinarias al mes = jornada semanal x 4.33 semanas.
- Recargo: 50% sobre la hora ordinaria (Art. 139 CT).
- Tope legal: maximo 4 horas extra por dia (Art. 140 CT).
Jornadas ordinarias en Costa Rica (Art. 136 CT)
- Jornada diurna (5:00 a 19:00): hasta 8 horas diarias, 48 semanales.
- Jornada mixta: hasta 7 horas diarias, 42 semanales.
- Jornada nocturna (19:00 a 5:00): hasta 6 horas diarias, 36 semanales.
Casos especiales
- El trabajo en dia feriado obligatorio pagado tiene recargo adicional (consultar Art. 152 CT).
- Los trabajadores de confianza o altos ejecutivos pueden estar excluidos de la jornada ordinaria (Art. 143 CT).
Fuente oficial
Codigo de Trabajo de Costa Rica, Arts. 136 a 144. Consulta el texto vigente en mtss.go.cr.
Resultado referencial. El calculo preciso depende del tipo de jornada, dias trabajados, feriados y acuerdos de planilla. Para el pago oficial consulta a Recursos Humanos o un contador publico autorizado.