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Formula de las cesantias
Cesantias = (Salario mensual × Dias trabajados) / 360
Equivale a 30 dias de salario por cada ano laborado. Si trabajaste 180 dias, recibes aproximadamente medio salario mensual.
Que incluye la base de liquidacion
- Salario ordinario fijo.
- Auxilio de transporte (si el salario es hasta 2 SMLMV, es decir, ≤ $3.247.000 en 2026).
- Comisiones y bonificaciones habituales (salario variable).
- Horas extras si son permanentes.
- NO se incluye: viaticos accidentales, auxilios de alimentacion o vestuario pactados como no salariales.
Intereses sobre las cesantias
El empleador debe pagar al trabajador el 12% anual sobre el saldo de cesantias causadas. Deben pagarse directamente al empleado (no al fondo) a mas tardar el 31 de enero de cada ano. Formula: Cesantias × 12% × (dias / 360).
Plazos clave
- 14 de febrero 2027: deposito de cesantias causadas en 2026 al fondo privado (Porvenir, Proteccion, Colfondos, Skandia) o Fondo Nacional del Ahorro para empleados publicos.
- 31 de enero 2027: pago directo al empleado de los intereses del 12% anual.
- Sancion por mora: un dia de salario por cada dia de retardo (Art. 99 Ley 50/1990).
Fuente oficial
Codigo Sustantivo del Trabajo, Art. 249 y ss. y Ley 50 de 1990. Consulte mintrabajo.gov.co.