Calculadora de Prestaciones Sociales 2026

Calcula las 4 prestaciones sociales obligatorias en Colombia: cesantias (30 dias/ano), intereses sobre cesantias (12% anual), prima de servicios (30 dias/ano) y vacaciones (15 dias habiles/ano). Segun el Codigo Sustantivo del Trabajo y la Ley 50 de 1990.

Ilustracion de balanza
Cesantias
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Intereses cesantias (12%)
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Prima de servicios
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Vacaciones
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Total prestaciones
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Base de liquidacion
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Desglose detallado

ConceptoFormulaMonto
Total-
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Las 4 prestaciones sociales obligatorias

1. Cesantias (CST Art. 249)

Formula: (Salario mensual × Dias trabajados) / 360. Equivale a 30 dias de salario por cada ano completo. El empleador debe consignar al fondo de cesantias antes del 14 de febrero de cada ano.

2. Intereses sobre cesantias (Ley 52/1975)

Formula: Cesantias × 12% × (Dias / 360). Se pagan directamente al trabajador a mas tardar el 31 de enero de cada ano.

3. Prima de servicios (CST Art. 306)

Formula: (Salario mensual × Dias trabajados) / 360. Equivale a 30 dias de salario por ano, pagaderos el 30 de junio y el 20 de diciembre (15 dias cada uno).

4. Vacaciones (CST Art. 186)

15 dias habiles por cada ano laborado. Formula equivalente: (Salario mensual × Dias trabajados) / 720 (o sea, medio dia de salario por cada mes trabajado).

Base de liquidacion (salario base)

  • Salario ordinario fijo.
  • Auxilio de transporte para cesantias y prima si el salario es ≤ 2 SMLMV ($3.247.000 en 2026).
  • Promedio de salario variable (comisiones, recargos) del ano o semestre segun aplique.
  • NO forma base: vacaciones (no se calcula sobre el auxilio de transporte - Concepto 208320/2021 MinTrabajo).

Salario integral

Empleados con salario pactado como integral (≥ 13 SMLMV, Art. 132 CST) NO causan cesantias, intereses ni prima por separado. Estas prestaciones ya estan incluidas en el salario pactado. Conservan el derecho a vacaciones.

Fuente oficial

Codigo Sustantivo del Trabajo, Arts. 186, 249, 306; Ley 50/1990; Ley 52/1975. Consulte mintrabajo.gov.co.

Resultado referencial. Para liquidaciones oficiales consulte a un contador publico titulado. La base de liquidacion en salarios variables requiere promediar ingresos del periodo.
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